Amigos y amigas:
Con la celebración de la Primera Cumbre Mundial de Afrodescendientes, en el Centro Universitario Regional del Litoral AtlĆ”ntico CURLA, ciudad de La Ceiba, del 18 al 21 de Agosto de 2011, bajo la coordinación de la Organización de Desarrollo Ćtnico Comunitario ODECO y las organizaciones miembros de la Plataforma Cumbre Mundial de Afrodescendientes (PCMA), Honduras hizo un valioso aporte para que la Organización de las Naciones Unidas proclamara el Decenio Internacional de los Afrodescendientes, Resolución 68/237 (enero de 2015 a diciembre de 2024).
En documento adjunto, compartimos con ustedes el Plan de Actividades Aprobado.
“Reconocimiento
Derecho a la igualdad y la no discriminación
Los Estados deberĆan:
· Eliminar todos los obstĆ”culos que impiden que los afrodescendientes disfruten en condiciones de igualdad de todos los derechos humanos, económicos, sociales, culturales, civiles y polĆticos, incluido el derecho al desarrollo;
· Promover la aplicación efectiva de los marcos jurĆdicos nacionales e internacionales;
· Retirar las reservas que sean contrarias al objeto y la finalidad de la Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial y considerar la posibilidad de retirar otras reservas;
· Llevar a cabo una revisión exhaustiva de la legislación nacional con el fin de identificar y abolir las disposiciones que implican discriminación directa o indirecta;
· Aprobar o reforzar disposiciones legislativas amplias contra la discriminación y velar por que se apliquen de manera efectiva;
· Proporcionar una protección eficaz a los afrodescendientes y revisar y derogar todas las leyes que tengan efectos discriminatorios en los afrodescendientes que enfrentan formas mĆŗltiples, agravadas o concomitantes de discriminación;
· Aprobar, reforzar y aplicar polĆticas orientadas a la acción, programas y proyectos de lucha contra el racismo, la discriminación racial, la xenofobia y las formas conexas de intolerancia que estĆ©n dirigidos a garantizar el pleno disfrute, en condiciones de igualdad, de los derechos humanos y las libertades fundamentales de los afrodescendientes; se alienta tambiĆ©n a los Estados a que elaboren planes de acción nacionales para promover la diversidad, la igualdad, la equidad, la justicia social, la igualdad de oportunidades y la participación de todos;
· Establecer mecanismos o instituciones nacionales con miras a formular, seguir de cerca y aplicar polĆticas de lucha contra el racismo, la discriminación racial, la xenofobia y las formas conexas de intolerancia y promover la igualdad racial, con la participación de representantes de la sociedad civil, o fortalecer los ya establecidos;
· Establecer, segĆŗn proceda, instituciones nacionales independientes de derechos humanos, con arreglo a los principios de ParĆs, o mecanismos similares en los que participe la sociedad civil, o reforzar los ya establecidos, y proporcionarles recursos financieros, otorgarles competencia y dotarlos de capacidad de manera suficiente para la protección, promoción y vigilancia en la lucha contra el racismo, la discriminación racial, la xenofobia y las formas conexas de intolerancia.
Educación sobre la igualdad y concienciación
Los Estados deberĆan:
· Celebrar la inauguración del Decenio Internacional a nivel nacional y preparar programas de acción y de actividades nacionales para la aplicación plena y efectiva del Decenio;
· Organizar conferencias nacionales y otras actividades encaminadas a entablar un debate pĆŗblico y crear conciencia sobre la lucha contra el racismo, la discriminación racial, la xenofobia y las formas conexas de intolerancia, con la participación de todos los interesados pertinentes, incluidos el Gobierno, representantes de la sociedad civil y las personas o grupos de personas que son vĆctimas;
· Promover un mayor conocimiento y el reconocimiento y respeto de la cultura, la historia y el patrimonio de los afrodescendientes a travĆ©s de, entre otros medios, la investigación y la educación, y abogar para que la historia y las contribuciones de los afrodescendientes se incluyan de forma completa y precisa en los planes de estudio;
· Promover el papel positivo que los dirigentes y partidos polĆticos, los dirigentes de las comunidades religiosas y los medios de comunicación podrĆan seguir desempeƱando en la lucha contra el racismo, la discriminación racial, la xenofobia y las formas conexas de intolerancia, entre otras formas, al reconocer pĆŗblicamente y respetar la cultura, la historia y el patrimonio de los afrodescendientes;
· Sensibilizar a la población mediante actividades de información y educación con miras a restablecer la dignidad de los afrodescendientes, y considerar la posibilidad de ofrecer apoyo a las organizaciones no gubernamentales en la realización de esas actividades;
· Apoyar las iniciativas de educación y capacitación de las organizaciones no gubernamentales y los afrodescendientes en el uso de los medios proporcionados por los instrumentos internacionales de derechos humanos que se refieren al racismo, la discriminación racial, la xenofobia y las formas conexas de intolerancia;
· Velar por que los libros de texto y otros materiales educativos reflejen con precisión los hechos históricos relativos a tragedias y atrocidades del pasado, en particular la esclavitud, la trata de esclavos, la trata transatlĆ”ntica de esclavos y el colonialismo, a fin de evitar los estereotipos y la tergiversación o la falsificación de esos hechos históricos, que podrĆan propiciar el racismo, la discriminación racial, la xenofobia y las formas conexas de intolerancia, e incluir el papel desempeƱado en ellos por los paĆses respectivos, y con ese propósito:
o Apoyar las iniciativas de investigación y educación;
o Tributar reconocimiento a las vĆctimas y sus descendientes estableciendo monumentos, de no haberlos, en los paĆses que se beneficiaron o fueron responsables de la esclavitud, la trata de esclavos, la trata transatlĆ”ntica de esclavos y el colonialismo y de tragedias pasadas, asĆ como en los sitios de partida, llegada y reubicación, y proteger los sitios culturales conexos.
Reunión de información
De conformidad con lo dispuesto en el pĆ”rrafo 92 del Programa de Acción de Durban, los Estados deberĆan recoger, recopilar, analizar, difundir y publicar datos estadĆsticos fidedignos a nivel nacional y local y tomar todas las demĆ”s medidas conexas necesarias para evaluar periódicamente la situación de los afrodescendientes que son vĆctimas de racismo, discriminación racial, xenofobia y formas conexas de intolerancia.
Esos datos estadĆsticos deberĆan desglosarse con arreglo a la legislación nacional, respetando el derecho a la vida privada y el principio de la conciencia de identidad personal.
DeberĆa reunirse información para hacer un seguimiento de la situación de los afrodescendientes, evaluar los progresos realizados, aumentar su visibilidad e identificar las disparidades sociales. Esa información tambiĆ©n deberĆa servir para evaluar y orientar la formulación de polĆticas y medidas para prevenir, combatir y erradicar el racismo, la discriminación racial, la xenofobia y las formas conexas de intolerancia.
Participación e inclusión
Los Estados deberĆan adoptar medidas para facilitar la participación plena, equitativa y efectiva de los afrodescendientes en los asuntos pĆŗblicos y polĆticos sin discriminación, de conformidad con las normas internacionales de derechos humanos.”