EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
HONORABLES DIPUTADOS:
Con instrucciones expresas del señor Presidente de la República, quien hace uso de la atribución que le confiere el Artículo 213 de la Constitución de la República, esta Secretaría de Estado a mi cargo, ejerciendo las facultades de Secretaría General de la Presidencia de la República, por este medio remite a ese Congreso Nacional la iniciativa encaminada a la inclusión social y reconocimiento especial a las minorías del país.
Tomando en cuenta que el Poder Ejecutivo está integrado en parte por las Secretarías de Estado, las mismas deben estar en constante evolución y actualización para cumplir con la suprema aspiración de este Poder del Estado de atender de manera concreta las necesidades de la población, principalmente aquellas minorías que no han contado con una representación formal dentro del Poder Ejecutivo para la atención y seguimiento de sus necesidades; es así como la presente iniciativa consiste en reformar los Artículos 28 y 29 de la Ley General de la Administración Pública, con el fin de crear la Secretaría de Estado en los Despachos de Desarrollo de los Pueblos Indígenas y Afro hondureños y Políticas de Igualdad Racial; tal y como, oficialmente, fuera manifestado expresamente en la intervención del Secretario de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores ante la LXV Período Ordinario de Sesiones de la Asamblea General de las Naciones Unidas que: “Inspirados en nuestro respeto por la dignidad humana, nuestro Gobierno condena toda forma de discriminación racial y saluda con entusiasmo el próximo inicio del Año Internacional de los Afro descendientes. Para llevar a la práctica su compromiso contra la discriminación racial, Honduras está procediendo a la creación de una instancia para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas y Afro hondureños y Políticas de Igualdad Racial.”
En nuestro país existe una sociedad multicultural en la que históricamente no han sido positivamente reconocidos los pueblos Indígenas y Afro hondureños, situación que los mantiene en condiciones de empobrecimiento y exclusión política, económica, social, cultural y ambiental.
Por mandato constitucional los hombres son libres y tienen igualdad en derecho, sin discriminación de sexo, raza, clase o religión. Tomando en consideración lo anterior y en vista de que los Pueblos Indígenas y Afro hondureños y las políticas de igualdad racial han carecido desde épocas ancestrales, de la atención sistemática y estructural del Estado, incluyendo su representación auténtica en la vida institucional y política de la nación, que facilite su desarrollo e integración plena a la vida social y económica del país. Por lo cual el señor Presidente de la República considera prioritario la implementación de una política de igualdad racial, en aras de lograr el anhelado desarrollo integral de estos pueblos, por medio de acciones responsables, que promuevan la integración y respeto de la diversidad cultural.
La Presidencia de la República con la asistencia de la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas, ha establecido que efectivamente se cumple con el mandato legal contenido en el Artículo 3 de la Ley General de la Administración Pública en cuanto a definir el fin público a satisfacer y la factibilidad económico-administrativa, en virtud que el presupuesto para la constitución y funcionamiento de la Secretaría de Estado en los Despachos de Desarrollo de los Pueblos Indígenas y Afro hondureños y Políticas de Igualdad Racial será habilitado por el presupuesto ya asignado a varios programas y proyectos específicos relacionados con los pueblos indígenas y afro hondureños que ejecuta el Poder Ejecutivo, a través de diferentes Secretarías de Estado, los que serán trasladados a la Secretaría de Estado en los Despachos de Desarrollo de los Pueblos Indígenas y Afro hondureños y Políticas de Igualdad Racial como ser: Asociación de Miskitos de Buzos Lisiados Rio Plátano; Organización Mosquita ASLA-TAKAN; Comunidades Indígenas-Tolupanes; Proyecto de Desarrollo Integral Pueblos Autóctonos todos asignados de la Secretaría de Estado en los Despachos de Gobernación y Justicia; Centro de la Cultura Garinagu de Honduras; y, Proyecto de Desarrollo de Pueblos Autóctonos asignados al Fondo Hondureño de Inversión Social; debiendo respetar los convenios suscritos y que rigen los mismos.
La Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas será la encargada de identificar dichos programas y proyectos, todo dentro del techo del Presupuesto de Ingresos y Egresos de la República, para el Ejercicio Fiscal Año 2011.
Por lo antes expuesto, y considerando que se ha explicado ampliamente el fin público a satisfacer y la factibilidad económico-administrativa, se considera que el Proyecto de Ley que propone el señor Presidente de la República, creará para el país un círculo de cooperación y solidaridad de las culturas marginadas, por lo que se podrá desarrollar un ambiente de tolerancia dentro de los principios democráticos de la convivencia.
Finalmente, el Presidente de la República espera contar con el respaldo del Congreso Nacional en la aprobación del presente proyecto de Decreto que permitirá la creación de la Secretaría de Estado en los Despachos de Desarrollo de los Pueblos Indígenas y Afro hondureños.
Tegucigalpa, M.D.C., 28 de septiembre de 2010.
MARIA ANTONIETA GUILLEN VASQUEZ
Designada Presidencial Encargada de la
Secretaría de Estado del Despacho Presidencial