Apreciables amigos y amigas:
Ponemos a disposición de ustedes el Decreto Ejecutivo PCM-09-2007, emitido por el ciudadano Presidente de la República de Honduras en Consejo Ministros, el pasado 30 de abril de 2007, en el marco de la clausura del Mes de la Herencia Africana en Honduras.
La Organización, Movilización, Propuestas y Seguimiento son elementos claves para la incidencia política y la reivindicación de los derechos de los pueblos.
Les invitamos a leer detenidamente el contenido del Decreto Ejecutivo PCM-09-2007, esta es una oportunidad para evaluar qué porcentaje de lo prometido y DECRETADO es realidad para las Comunidades Garifunas y Afrohondureñas en su conjunto a 10 meses de que la presente administración ponga fin a su mandato.
Conmemorar el 12 de Abril, es también un espacio para reflexionar y evaluar el acompañamiento de los actores políticos y económicos con las Comunidades Afrodescendientes de Honduras (Garifunas y Criols, principalmente).
Saludos fraternales,
Junta Directiva Central ODECO
BUSCAMOS VOCES QUE ACALLEN EL SILENCIO...
Señor Céleo Alvarez Casildo
Presidente
Estimado señor Alvarez:
Para los efectos de Ley, transcribo a usted el Decreto Ejecutivo Número PCM-09-2007,defecha 30 de abril del año dos mil siete, emitido por el Señor Presidente Constitucional dela Repúblicaen Consejo de Ministros,que literalmentedice:
"DECRETO EJECUTIVO PCM Número 09-2007.- EL PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLlCA.- EN CONSEJO DE MINISTROS.-
CONSIDERANDO: Que al Tenor de la Constitución de la República, Honduras es un Estado de Derecho, Soberano, constituido como República Libre, Democrática e Independiente, para asegurar a sus habitantes el goce de la Justicia, la Libertad, la Cultura, y el Bienestar Económico y Social.-
CONSIDERANDO:Que es declaración fundamental de nuestra carta magna, quela persona humanaes el fin supremo de la Sociedady el Estado.-
CONSIDERANDO:Que es función del Estado, preservar y estimular las Culturas Nativas, así como las genuinasexpresiones del Folklore Nacional, el Arte Popular y las Artesanías.-
CONSIDERANDO:Que el Gobierno de la Republica ha asurnidv la responsabiiidad; de apoyar a laComunidadGarífuna sobre varios ejes de desarrollo Económico, Político, Social, Cultural y Ambiental, siendo preciso crear la normativa necesaria para ello.-
POR TANTO: En aplicación a lo establecido en el Artículo 245 Numerales 1 y 11 de la Constitución de la República;116y 117 de la Ley General de Administración Pública.- DECRETA:Artículo 1:De conformidad con la Constitución de la Republica y demás Leyes, el Gobierno de laRepúblicade Honduras asume la responsabilidadde favorecer y apoyar a la ComunidadAfro-Hondureña, disponiendo ejecutar acciones orient,adas a propiciar el DesarrolloEconómico, Político, Social, Cultural y Ambiental de la misma.-
DESARROLLO ECONOMICO.-Artículo 2: Se instruye al Señor Secretario de Estado en el Despacho deTurismo a fin de que se elabore, con participación de la Comunidad Afro-Hondureña, un "GRAN PROYECTO DE DESARROLLO TURISTICO DE LAS COMUNIDADES GARIFUNAS DEL LITORAL ATLANTICO DE HONDURAS". También, apoyar técnica y económicamenteel desarrollo del Turismo Comunitarioen el Litoral Atlántico Hondureño.
-DESARROLLO POLlTICO.- Artículo 3: Instrúyase a la Secretaría de Estado en losDespachosde Gobernación y Justicia para que dé la atención efectiva a la problemática de los Pueblos Indígenas y Afro-Hondureños, con relación a sus exigencias comoprincipalesvíctimas del racismo y la exclusión social. Igual para que dé seguimiento a laejecución de las políticas, programas y proyectos de desarrollo y protección de estascomunidadesétnicas.- Artículo 4: Instruir al Instituto NacionalAgrario para que investiguey de solución a la situación conflictiva de las tierras y territorios Garífunas, en cuanto a su titulación saneamiento,ampliación protección de las tierras deJas Comunidades Afro-Hondureñas y Misquitas.-
DESARROLLO SOCIAL.- Artículo 5: instrúyase a losSecretariosde Estado en los Despachosde Educacióny Finanzas, a fin de que en base ala excelenciaacadémica, se diseñe unprograma para el otorgamiento de becas ajóvenesAfro-Hondureños que realizan estudios secundarios y Universitarios.- Artículo 6:Instrúyase a todas las Secretarías de Estado e Instituciones Públicas para continuar yhacer efectivas las diferentes obras, proyectos y programas que están en curso opendientes, en favor de las Comunidades Garífunas de los Departamentos de Colón,Atlántiday Cortés.-
DESARROLLO CULTURAL.-Artículo 7: Instruir al Señor SecretariodeEstado en los Despachos de Cultura, Artes y Deportes para que se institucionalice laeducación y formación artística, en las Comunidades Afro-Hondureñas, en colaboracióncon el Centro de Cultura Garinagu. Deberáincluirseesta asignación en el presupuestodelejercicio 2008.- Artículo 8: Instruir a la Comisión Nacional Pro-instalaciones Deportivas yMejoramiento del Deporte CONAPID para que en coordinación con la Secretaría deEstadoen los Despachosde Cultura,Artes y Deportes diseñe y ejecute la construccióndeInstalacionesDeportivas en ComunidadesAfro-Hondureñas.-Artículo 9: La Secretaría deEstado en los Despachos de Cultura, Artes y Deportes, brindará asistencia Cultural,Artística, Técnica y Financiera para la celebración de la diferentes manifestacionesartísticas y culturales de la Comunidad Afro-Hondureña, manifestadas en laconmemoración del mes de la Herencia Africana en Honduras, Aniversarios delBicentenarioGarífuna mas años sucesivos yla celebración de los Carnavales CulturalesGarífunas y Afro-Caribeños de cada año.- La coordinación de la celebración anual de lallegada dé los pueblos Garífuflas a Honduras,'estará'a-cafgode-:a..secretaríade Estadoen el Despacho de Turismo.- Artículo 10: La Secretaría de Estado en el Despacho deFinanzasgestionará los fondos en el PresupuestoGeneral de Ingresos y Egresos de laRepúblicadel siguiente Ejercicio Fiscal para la ejecución de los proyectos referidos en elpresente Decreto.- Articulo 11: El Gabinete Social a través de la coordinación ejerceráacciones de seguimiento y monitoreo continuado de los proyectos del Gobierno de laRepública a favor de las Comunidades Garífunas, con la participación de Miembros yOrganizaciones Afro-Hondureñas.- Artículo 12: El prepente Decreto es de ejecucióninmediata y deberá ser publicado en el Diario Oficial La Gaceta.- Dado en CasaPresidencial,Tegucigalpa, Municipio del Distrito Central a los treinta días de Abril del añodos mil siete.
- COMUNIQUESE y PUBLIQUESE.- JOSE MANUEL ZELAYA ROSALES,PRESIDENTE DE LA REPUBLlCA.-
RICARDO LARA WATSON, SECRETARIO DEESTADOEN LOS DESPACHOS DE GOBERNACIONy JUSTICIA, POR LEY.- MARLON BREVE REYES, SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE EDUCACION.-JENNY MEZA PAGUADA, SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE SALUD,POR LEY.- ALVARO ROMERO SALGADa, SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE SEGURIDAD.- RICARDO ARIAS BRITO, SECRETARIO DE ESTADOEN EL DESPACHO PRESIDENCIAL, POR LEY.- MILTON JIMENEZ PUERTO,SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE RELACIONES EXTERIORES.-ARISTIDES MEJIA, SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DEFENSANACIONAL.- HUGO CASTILLO, SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE - FINAZAS, POR LE.--ELlZ,A.BET:!;:u'\zCONOCOGK,,,SECe.E-l:J.\'8J.A, DEEST-ADO",E-N - - LOS DESPACHOSDE INDUSTRIA Y COMERCIO.- ERNESTO GALEAS, SECRETARIODE ESTADO EN LOS DESPACHO DE OBRAS PUBLICAS,TRANSPORTE Y VIVIENDA,POR LEY.- RIXI MONCADA, SECRETARIA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DETRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL.- HECTOR HERNANDEZ, SECRETARIO DEESTADO EN LOS DESPACHOS DE AGRICULTURA Y GANADERIA.- MAYRA MEJIADEL CID, SECRETARIA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE RECURSOSNATURALES Y AMBIENTE.- RICARDO MARTINEZ CASTAÑEDA, SECRETARIO DEESTADO EN EL DESPACHO DE TURISMO.- RODOLFO PASTOR FASQUELLE,SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE CULTURA, ARTES YDEPORTES.- KAREN ZELAyA, SECRETARIA TECNICA y DE COOPERACIONINTERNACIONAL.- FRANCISCO FUNEZ, MINISTRO-DIRECTOR DEL INSTITUTONACIONAL AGRARIO.- CESAR SALGADa, MINISTRO-DIRECTOR DEL FONDOHONDUREÑO DE INVERSION SOCIAL.- GUSTAVOCACERES, SECRETARIO DEL INSTITUTONACIONAL DE LA JUVENTUD".
Atentamente,